sábado, 5 de marzo de 2011

Decreto Municipal por Celebración de Carnavales Turísticos 2011

GACETA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE 1

DECRETO Nº 07

Lcdo. RAFAEL LUIS ACUÑA BERMUDEZ

ALCALDE BOLIVARIANO DEL MUNICIPIO SUCRE

ESTADO SUCRE

En ejercicio de las atribuciones legales conferidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Ley de Transito Terrestre y los ordinales 1, 2 y 3 del artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

CONSIDERANDO:

Que durante el lapso comprendido entre los días cuatro (04) al ocho (08) del mes de marzo del año dos mil once (2011), se llevará a cabo en nuestra ciudad la celebración de los Carnavales Turísticos de Cumaná 2011.

CONSIDERANDO:

Que es competencia del Municipio Sucre del Estado Sucre, garantizar la seguridad, la integridad física y la salud de los temporadistas que cada año nos visitan para estas fechas carnestolendas y a los ciudadanos y ciudadanas que hacen vida en la jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Sucre.

CONSIDERANDO:

Que corresponde al ciudadano Alcalde Licdo. Rafael Acuña como primera autoridad civil del Municipio Sucre del Estado Sucre, crear las medidas necesarias para la circulación y ordenación del transito de vehículos y personas en las vías municipales de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, durante las venideras fiestas de carnaval.

DECRETA:

PRIMERO: Queda restringido el transito y circulación vehicular de motos, cuatrimotos (motos de cuatro ruedas) y bicicletas desde el día viernes cuatro (04) de marzo de dos mil once (2011) desde las doce (12:00) pm, hasta el día miércoles nueve (09) del mismo año hasta las seis (6:00) a.m, por la Av. Aristides Rojas (Perimetral) a la altura del Puente Aristides Rojas hasta los semáforos de la Urbanización Los Chaimas, Avenida Las Palomas, Avenida Universidad Sector los Uveros hasta el Sector de los Bordones, asi mismo por las caminerias de las diferentes playas del Municipio Sucre.

SEGUNDO: Queda prohibido el expendio de comidas ambulantes en la jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Sucre, a todos aquellos vendedores que no cumplan con la permisología legal, requerida por los órganos competentes para tales fines.

TERCERO: Queda prohibido la venta y consumo de bebidas alcohólicas y no alcohólicas en envases de vidrio en lo siguientes espacios públicos Av. Aristides Rojas (Perimetral) a la altura del Puente Aristides Rojas hasta los semáforos de la Urbanización Los Chaimas, Avenida Las Palomas, Avenida Universidad Sector

GACETA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO SUCRE

los Uveros hasta el Sector de los Bordones, incluyendo las zonas internas de las playas de ambos sectores, y en las playas de la jurisdicción del Municipio.

CUARTO: Queda prohibida la circulación de camionetas pick-up, camiones, gandolas, volquetas que transporten personas en su parte trasera en toda la jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Sucre.

QUINTO: Queda expresamente prohibida toda actividad cultural, recreativa, religiosa, y/o cualquier evento festivo que no este dentro de la programación establecida por la Alcaldía del Municipio Sucre, en la realización de las fiestas carnestolendas en la jurisdicción del Municipio Sucre.

SEXTO:Quedan exceptuados del presente Decreto los cuerpos de seguridad regionales y municipales.

SEPTIMO: Quedan encargados de la ejecución del presente Decreto: Los Organismos de Seguridad Regionales y Municipales del Estado Sucre.

Comuníquese y Publíquese

Dado, firmado y sellado en el Despacho Ejecutivo del Alcalde Bolivariano del Municipio Sucre del Estado Sucre, en Cumaná, a los dos (02) días del mes de marzo del año dos mil once (2011). Año200º de la Independencia y 152º de la Federación.

Lcdo. RAFAEL LUIS ACUÑA BERMUDEZ

ALCALDE BOLIVARIANO DEL MUNICIPIO SUCRE

DEL ESTADO SUCRE

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