jueves, 23 de febrero de 2012

Destacan importancia de Ley Sobre el Régimen para la Comparecencia

“El control que se ejerce sobre el gobierno y la administración pública, constituye un factor de gran importancia dentro del ámbito de los Poderes Públicos, pues busca garantizar la eficacia y eficiencia de las funciones ejercidas por los funcionarios y funcionarias que lo conforman, y por eso, el Consejo Legislativo del Estado Sucre, crea un instrumento jurídico que regula su comparecencia, atendiendo a principios de justicia, responsabilidad, rendición de cuenta, transparencia, eficacia y eficiencia, garantizando el debido proceso, así como las garantías y derechos consagrados en nuestra Carta Magna”.

De esta forma se expresó el Jefe Legislativo del Estado Sucre, Alexander García, quien indicó que ese instrumento legal se hizo de acuerdo a las funciones que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados, tomando como marco referencial, la Ley Sobre el Régimen para la Comparecencia de los Funcionarios y Funcionarias Públicos y los o las particulares ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones.

Sobre este punto en sesión ordinaria, hizo referencia el Presidente del CLES, en vista de las diversas mesas de trabajo que se han convocado por aprobación de esa Cámara Legislativa, las cuales se encuentran atendiendo, entre otros puntos, los problemas que se vienen presentando con el caracol africano y con el IAMSA, Instituto Autónomo Municipal de Salud Ambiental, calificando a ambos, como de gran relevancia, debido a que son casos de salud pública que requieren una pronta respuesta de parte de las autoridades.

Por eso le recuerdo a los funcionarios y funcionarias la responsabilidad que tienen cuando son convocados por el Consejo Legislativo del Estado Sucre, porque como dice la Ley de Comparecencia del Funcionario y la Funcionaria Pública y los o las particulares, el pueblo y el ente parlamentario con sus comisiones de trabajo, deben conocer sus opiniones y actuaciones, sobre las políticas desarrolladas o aplicadas en el ejercicio de sus funciones.

A juicio del Presidente del CLES, Leg. García, “en estos momentos de revolución, la responsabilidad de los funcionarios y funcionarias, así como de las instituciones, con el pueblo es grande, porque se trata de buscar salidas, respuestas, que se requieren para solventar sus problemas. Y eso es lo que sostiene nuestro Comandante Presidente, Hugo Chávez. Razón por la cual debo recordar este instrumento jurídico, cuya violación acarrea sanciones descritas en dicha Ley”.

Reiteró que “la potestad de control atribuida al Consejo Legislativo Estadal será ejercida mediante los mecanismos de interpelación, investigación, preguntas, autorizaciones y aprobaciones parlamentarias previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado Sucre y la Ley sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarias y Funcionarios Públicos y Particulares ante el CLES y sus Comisiones”.

Igualmente este importante instrumento jurídico tiene como base, apuntó finalmente el Presidente del Consejo Legislativo Sucrense, Leg. Alexander García, regular el procedimiento a seguir en materia de comparecencia ante el ente Legislativo; las sanciones y su aplicación por parte de los organismos competentes a las funcionarias y funcionarios públicos o particulares que incurran en faltas que vayan en detrimento de los intereses del Estado.

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