Hoy 26 de diciembre fue publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria No. 6, la Ordenanza sobre el Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Bolívar, estado Sucre, que regirá todo lo concerniente al presupuesto de inversión pública, articulado con las organizaciones sociales constituidas en esta importante jurisdicción para promover el presupuesto participativo.
Así lo informó el concejal Santos Marcano, Presidente de la Cámara edilicia de ese municipio, quien se sintió complacido con este nuevo instrumento legal que regulará el proceso de formulación, ejecución y control de la inversión pública en las distintas comunidades de la geografía bolivarense, según lo dispone la actual Ley Orgánica de los Consejos Locales de Planificación Pública, la cual obliga a los municipios a adecuar esa instancia de manera orgánica y funcional, atendiendo a las necesidades de cada localidad.
Destacó Marcano que atendiendo a las exigencias de la Ley referida, los concejales sancionaron por unanimidad el proyecto de ordenanza del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Bolívar el pasado 16 de diciembre, luego de dos discusiones. Posteriormente, el alcalde Luis Daniel Cabeza procedió a su promulgación el 23 de los corrientes y, con la publicación en Gaceta el 26 de diciembre, entra en vigencia en toda la geografía bolivarense.
“La referida ordenanza es la primera que se aprueba en esta materia en nuestro municipio, es el esfuerzo mancomunado de una cámara municipal consciente de legislar para las comunidades y los actores sociales, comprometida en promover una gestión del presupuesto participativo y descentralización administrativa, cuya filosofía ha sido acogida con beneplácito el nuevo alcalde Luis Daniel Cabeza para impulsar un gobierno de inclusión, transparente y articulado con los actores sociales en aras de garantizar el desarrollo económico local”, destacó el presidente de la Cámara Municipal de Bolívar.
Precisó Marcano que, entre sus aspectos claves, la ordenanza contempla el método de escogencia de los miembros de la sociedad civil en el Consejo Local de Planificación. En el caso del Municipio Bolívar, por no contar con parroquia, se eligirán 7 voceros de los Consejos Comunales, con sus respectivos suplentes, agrupados por áreas geográficas, los cuales corresponden a uno por cada concejal del municipio. Los dos (2) voceros restantes responden a dos importantes sectores: a) campesinos, pescadores, comercio, transporte y servicios, y b) educación, salud, cultura, deporte, ecología, intelectuales, profesionales, técnicos y otras asociaciones sociales debidamente legalizadas. Además, prevé la participación ciudadana en la planificación pública.
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