El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, a través de su Sala Electoral, declaró procedente la solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por los ciudadanos Carlos Antonio Hernández y Epaminondas Villarroel, por lo que se ordenó suspender el acto de votación para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva del sindicato Unión de Obreros y Empleados de Teléfonos del Distrito Bermúdez Período 2014-2017, pautado para el 04 de febrero de 2014, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
El pasado 31 de enero, Carlos Hernández y Epaminondas Villarroel, actuando como secretario general de la Unión de Obreros y Empleados de Teléfonos del Distrito Bermúdez y presidente de la Asociación de Trabajadores Jubilados y Pensionados de la Cantv Carúpano- Paria, estado Sucre, respectivamente, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral, encargada de celebrar el proceso comicial para escoger la nueva junta directiva de este organismo.
Señaló la Sala Electoral, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Malaquías Gil Rodríguez, luego de admitir la acción de amparo interpuesta, que en el expediente se aprecia una copia de una comunicación, dirigida por la Comisión Electoral del sindicato al Jefe de la Sala de Registro de Organizaciones Sindicales, de la cual se desprende que, aparentemente, se produjo la exclusión de los trabajadores jubilados del Registro Electoral, lo cual fue denunciado por los solicitantes.
Indica la sentencia que tal situación no resulta cónsona con el criterio sostenido por la Sala Electoral, que considera “legítima la inclusión de los trabajadores jubilados en sindicatos y se establece que a los mismos debe reconocérsele el derecho de participar en los procesos electorales para la designación de su dirigencia en igualdad de condiciones con los trabajadores activos”.
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