sábado, 13 de febrero de 2016

Opinión: ¿31 días de emergencia económica, o quizás más?

Por: Vrikson Iván Acosta Velásquez
Abogado/Ing. de Sistemas/MBA
vrikson.i.acosta.v@gmail.com

 Anoche, 11/02/2016, el jefe del Poder Ejecutivo hizo pública una sentencia recién publicada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, SC-TSJ o como coloquialmente se le llama, la Súper Sala, mediante la cual declara la validez del decreto de emergencia económica que el presidente Maduro publicó en la Gaceta Oficial el 14/01/2016.

La SC-TSJ emitió dicha sentencia, a solicitud de unas cuantas personas, representantes de varios consejos comunales o grupos afines el pasado día 3 de este mes, y que luego del asueto del Carnaval, la Súper Sala decidió ayer mismo emitir una sentencia con ponencia conjunta de sus 7 magistrados, la cual no tuvo ningún voto salvado.

Las personas que acudieron ante la SC-TSJ, solicitó mediante Recurso de Interpretación, la interpretación (valga la redundancia), de los Art. 339 y136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, (CRBV), en conjunción con los Art. 27 y 34 de la Ley Orgánica de Estados de Excepción, (LOEE).

Luego de decidir ha lugar sobre su competencia, la admisibilidad, y la urgencia solicitada, la Súper Sala motivó la sentencia en diversas doctrinas para decidir que lo que tiene la Asamblea Nacional, (AN), sobre los decretos de estados de excepción es “poder político”, mientras que ellos tienen “poder jurídico”. Pero sobre todo, la Súper Sala se basó en un error inexcusable del Presidente de la AN, extensible a los demás diputados que no le informaron, aunque él es un versado abogado.

¿Cómo es eso de que después de que el jefe del Poder Ejecutivo ordenó publicar el decreto en Gaceta, que el presidente de la AN le va a preguntar cuánto tiempo tiene para discutirlo, y pensar que si le dice que son 8 días que eso es lo que vale?

¿Cómo es posible de que el presidente de la AN, ahora que ya se sabe la sentencia de la SC-TSJ, que diga que cuando el jefe del Poder Ejecutivo fue a dar su memoria y cuenta, que al lado de él estaba la jefe del Poder Judicial, y que no le dijo nada sobre el lapso de 48 horas?

¿Cómo es posible que el jefe de la comisión especial de la AN que estudió el decreto de emergencia económica ahora diga que la oposición y el gobierno tenían un pacto de caballeros para discutir el decreto en un lapso de 8 días?

Por favor, es que acaso el Art 27 de la LOEE no es claro. Tan pronto salió publicado el decreto, la AN, de oficio tenía que discutir si aprobaba o no dicho decreto. O por lo menos comenzar la discusión, para luego continuarla otro día.

El gobierno y demás revolucionarios en el Poder Judicial, AN, dejaron que los opositores de la AN se estrellaran solitos. Así de simple. Ahora, no son capaces de admitir y asumir su barranco, sino que salen dando ruedas de prensa, declaraciones a medios internacionales, para culpar a los revolucionarios porque los engañaron, emitieron sentencia en contra de la CRBV.

Claramente se evidencia el silencio positivo legislativo al no decidir al respecto, o por lo menos comenzar el debate dentro del lapso establecido en la LOEE. Luego, de forma extemporánea, hicieron sesión de la AN para rechazar el decreto. Por eso, es que ahora se ordena a que el presidente de la AN comparezca ante la Súper Sala.

Al final del acto donde el jefe del Poder Ejecutivo dio su memoria y cuenta ante la AN, el presidente de la AN le recordó cuando ambos eran diputados en el primer período de la AN (2000-2005), y que ambos se llevaban bien a pesar de las diferencias políticas.

En esa primera AN, (2000-2005), se aprobó la LOEE, en donde el actual presidente de la AN participó como diputado en el debate de dicha ley. Es más, si la LOEE fuese una persona, ya estaría midiéndose vestidos y otros arreglos para

su fiesta de 15 años. Así que ahora el actual presidente de la AN, quien se la pasa diciendo que él es un “tigre político”, que lo engañaron, que lo agarraron por inocente.

Por supuesto que la Súper Sala no perdió la oportunidad de mandar a derogar el Art. 33 de la LOEE para no incurrir en faltas que los puedan remover.

Los diputados opositores de la AN deberían de vociferar tanto lo que harán, amenazar a los rojos, y actuar en silencio. No entienden que los rojos no los ven como contrarios demócratas, sino como enemigos militares, y como tal actúan o dejan de hacerlo.

Lo que deberían hacer los diputados opositores de la AN, al igual que el resto del país opositor es dejar que los rojos vociferen, se contraríen, se hundan entre ellos. Y sobre todo, no saturar, tanto en el mundo físico, como por Internet con cosas que le pasan a personas notorias y mediáticas, ya que a los millones de ciudadanos normales, no notorios ni mediáticos, les suceden a diario cosas peores

En los días cercanos al 14 de marzo, cuando el decreto esté a punto de cesar sus efectos porque se cumple el lapso de 60 días, y el jefe del Poder Ejecutivos solicite la prórroga del decreto, ¿Van los diputados opositores de la AN, y en especial su presidente, preguntarle a algún rojito que si tienen 2 ó 8 días para discutir el decreto, o pedirles que hagan un pacto de caballeros para que ambos grupos de diputados de la AN se prepare varios días para debatir el decreto?

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